Shivat Zion

Aliá En Separado

Aliá Be'Nifrad
עלייה בנפרד
Última actualización: 02.07.2023
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Si deseas hacer Aliá en separado del resto de tu familia (cónyuge o hijos menores de 21 años), aquí te presentamos algunos puntos a los que debes prestar atención.

Puntos a considerar:

Las parejas formadas por un cónyuge elegible y otro que no lo sea, no pueden hacer Aliá por separado. Esto se debe a que el cónyuge no elegible no puede hacer Aliá por cuenta propia, es decir, de manera independiente. Por lo tanto, si el cónyuge no elegible no hace Aliá junto a su pareja que es elegible, no podrá hacer Aliá en una etapa posterior.

Si uno de los cónyuges se convierte al judaísmo y el otro es elegible por nacimiento, no se recomienda hacer Aliá en separado. Las normas de aprobación de Aliá para los conversos cambian de acuerdo con el estado de validez del Tribunal Rabínico, por lo tanto, no se recomienda que el cónyuge converso haga Aliá posterior a su pareja.

Si dos grupos de una misma familia hacen Aliá por separado en un intervalo inferior a 1 año, se producirán cambios en los beneficios concedidos al segundo grupo siendo que algunos de estos beneficios se calculan por unidad familiar, entre ellos, el Sal Klitá (canasta de absorción).
Por ejemplo, si todos los miembros de la familia hacen Aliá juntos, tendrán derecho a un Sal Klitá mensual de 5.000 NIS. Si la misma familia se divide en dos grupos y hacen Aliá en separado, el primer grupo recibirá un Sal Klitá mensual de 4.000 NIS y el segundo grupo recibirá sólo el resto, en este caso 1.000 NIS. (Todos los valores aquí mencionados son sólo simbólicos).

El proceso de Aliá en separado requiere la presentación de un formulario adicional en el que ambos cónyuges declaran y aceptan estar conscientes de las consecuencias de esta decisión.